lunes, 6 de julio de 2009

COMUNICADO Nº 011/2009

DE : Centro General de Padres y Apoderados de Liceo Andrés Bello

A : Julio Palestro Velásquez – Alcalde Municipalidad San Miguel



El Centro General de Padres y Apoderados, por si y en representación de los Padres y Apoderados del Liceo Andrés Bello, domiciliado en Soto Aguilar, calle Soto Aguilar 1241, Rol nº 65.002.551-2, amplia los siguientes de hecho y que sean incorporados al comunicado Nª 10 / 2009.

ANTECEDENTES DE HECHO:

Con fecha 06 de julio de 2009 el profesorado del Liceo Andrés Bello, no reinicio sus labores académicas.

De acuerdo a lo informado por la superioridad, esto se fundamenta en el hecho que la Ilustre Municipalidad de San Miguel no gestionó la solicitud de fondos conocido como Bono SAE.

Estos antecedentes fueron explicitados en extenso en el comunicado 3, que podrán comprobar en la siguiente dirección:

http://liceoandresbello.blogspot.com/

En dicho sitio y en el comunicado mencionado, se establece un compromiso del cuerpo docente, el cual involucra a toda la comunidad educativa del Liceo Andrés Bello y exenta de sacrificios para el alumnado.

POR TANTO, como Padres y Apoderados del Liceo Andrés Bello, en conformidad a las normas constitucionales y legales, agradeceremos su gestión para que seamos instruidos como garantes del reestablecimiento de clases tanto en la forma y en el fondo, como también se incluyan en las sanciones a quienes han retrasado el reinicio de las actividades académicas.

Les saluda cordialmente,



Sixto Alfaro Donoso
Presidente CGPA LAB.


San Miguel, julio 2009

domingo, 5 de julio de 2009

COMUNICADO Nº 010/2009

DE : Centro General de Padres y Apoderados de Liceo Andrés Bello

A : Julio Palestro Velásquez – Alcalde Municipalidad San Miguel

El Centro General de Padres y Apoderados, por si y en representación de los Padres y Apoderados del Liceo Andrés Bello, domiciliado en Soto Aguilar, calle Soto Aguilar 1241, Rol nº 65.002.551-2, con respeto decimos:

Que, en virtud de esta presentación, solicitamos a usted en deducir Recurso de Protección en contra del Profesorado del Liceo Andrés Bello. con contrato vigente por todo el periodo año 2009 yen contra de quienes resulten responsables, de la violación de las garantías constitucionales contempladas en el artículo 19 de la Constitución Política del Estado, de acuerdo a los antecedentes de hecho y derecho que se expondrán.

El presente recurso va dirigido en favor del alumnado con matricula vigente en el período 2009 del Liceo Andrés Bello; así como en favor de todos los Padres y Apoderados de la Comunidad Educativa del Liceo.

ANTECEDENTES DE HECHO:

Con fecha 01 de julio de 2009 nuestros hijos FUERON DEVUELTOS a sus hogares por una columna de profesores apostada en la puerta del Liceo Andrés Bello.

De acuerdo a lo informado por nuestros hijos, esta inusitada medida se debe a que el profesorado del Liceo Andrés Bello, ha reiniciado el movimiento que en adelante denominaremos Bono SAE.

En los antecedentes publicitados por los distintos medios de comunicación, este Bono SAE por problemas de Orden Constitucional se terminará por distribuir en un par de semanas, ya que falta una aprobación legislativa para que el Giro de los dineros tenga un asidero legal.

Para toda la comunidad, está claro que el Bono SAE se ajusta a derecho y corresponde que le sean entregados a los profesores, que puedan o tengan el derecho a él y que este CEPA también les reconoce.

Pero esta actitud desproporcionada y al borde del descriterio, vulnera cualquier derecho u obligación que tengan los alumnos o los Padres y Apoderados, entendemos que el Profesor tiene una ética y que le exige su profesión, pero y entre otros antecedentes, liberar a los niños a su libre albedrío, no tiene justificación.

ANTECEDENTES DE DERECHO:

Nuestra Constitución consagra en su articulo 19, Nº 3 El derecho a la protección de las personas y arbitrará medidas para otorgar asesoramiento y defensa jurídica y en su Nº 7 El derecho a Libertad Personal y a la seguridad personal y El tratado de 1989 de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y El Código Civil, Libro I, de las Personas Titulo IX, Art 236. Los padres tendrán el derecho y el deber de educar a sus hijos, orientándolos hacia su pleno desarrollo en las distintas etapas de su vida.

POR TANTO, en merito de lo expuesto y conforme a las normas constitucionales y legales citadas, agradeceremos su gestión para que el acto privativo y derecho a la educación de nuestros hijos se reestablezca a la brevedad y con la debida sanción a quienes corresponda.

Les saluda cordialmente,


Sixto Alfaro Donoso
Presidente CGPA LAB.


San Miguel, julio 2009
COMUNICADO Nº 009/2009

DE : Centro General de Padres y Apoderados de Liceo Andrés Bello

A : Profesorado Liceo Andrés Bello


CC : Julio Palestro Velásquez – Alcalde Municipalidad San Miguel
Juan Carlos Ramírez Zeller - Director de Educ. de la Corpor Municipal de San Miguel


UNICEF
En 1989, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Convención sobre los Derechos del Niño. Este tratado sin precedentes, que ya ha sido ratificado por todos los países del mundo con dos excepciones, explica los derechos de todos los niños a la salud, la educación, condiciones de vida adecuadas, el esparcimiento y el juego, la protección de la pobreza, la libre expresión de sus opiniones… y mucho más. Esos son derechos de los que deberían disfrutar todos los niños.

CODIGO CIVIL
Libro I. De las Personas. Título IX. De los derechos y obligaciones entre los padres y los hijos.
Art. 236. Los padres tendrán el derecho y el deber de educar a sus hijos, orientándolos hacia su pleno desarrollo en las distintas etapas de su vida.



Hoy 01 de julio de 2009 nuestros hijos FUERON DEVUELTOS a sus hogares por una columna de profesores apostada en la puerta del Liceo Andrés Bello, que dicho sea de paso no esta exenta de riesgos y que provoca indignación ante el absurdo de la medida.

De acuerdo a lo informado por nuestros hijos, esta inusitada medida se debe a que el profesorado del Liceo Andrés Bello, ha reiniciado el movimiento que en adelante denominaremos Bono SAE.

En los antecedentes publicitados por los distintos medios de comunicación, este Bono SAE por problemas de Orden Constitucional se terminará por distribuir en un par de semanas, ya que falta una aprobación legislativa para que el Giro de los dineros tenga un asidero legal.

Para toda la comunidad, está claro que el Bono SAE se ajusta a derecho y corresponde que le sean entregados a los profesores, que puedan o tengan el derecho a él y que este CEPA también les reconoce.

Pero esta actitud desproporcionada y al borde del descriterio, vulnera cualquier derecho u obligación que tengan los alumnos o los Padres y Apoderados, entendemos que el Profesor tiene una ética y que le exige su profesión, pero y entre otros antecedentes, liberar a los niños a su libre albedrío, no tiene justificación.

Solicitamos al profesorado, por el bien de nuestros hijos, reinstalar la normalidad y el buen criterio para afrontar el proceso que se esta llevando a cabo para el denominado Bono SAE.

Les saluda cordialmente,


Sixto Alfaro Donoso
Presidente CGPA LAB.


San Miguel, julio 2009